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LA CATEGORIZACIÓN DE TÉCNICOS EN IDERMETA YA ES UNA REALIDAD.

LA CATEGORIZACIÓN DE TÉCNICOS EN IDERMETA YA ES UNA REALIDAD.

On enero 21, 2021, Posted by , In Sin categoría, With No Comments

  • La categorización de los técnicos y técnicos deportivos garantizará un avance en el deporte de nuestro departamento y brindará mejores oportunidades laborales a sus técnicos.

Villavicencio (Enero 21 de 2021) –  El Instituto de Deporte y Recreación del Meta – IDERMETA establece la tabla de perfiles y requisitos, equivalencias y criterios para determinar los honorarios de técnicos y técnicos deportivos en el Instituto de Deporte y Recreación del Meta – IDERMETA.

“Para nosotros categorizar un técnico es darle una nueva oportunidad, un ascenso laboral, y la forma de conseguirlo es obteniendo unos resultados de acuerdo a los ítem que da la resolución”, manifestó Nayibe Reyes, subdirectora técnica (e) de IDERMETA.

La resolución 150 de diciembre 28 de 2020 lo establece de la siguiente manera:

Valores de referencia aplicables a la contratación de Servicios de Apoyo a la Gestión de los procesos Misionales, para los programas de alto rendimiento y perfeccionamiento deportivo del sector convencional y paralímpico, para lo cual se verificará la experiencia e idoneidad conforme la siguiente clasificación:

TABLA DE PERFILES Y HONORARIOS
CATEGORÍA#REQUISITOSHONORARIOS
TÉCNICOS DEPORTIVOS1Entrenador con mínimo formación técnica acreditada o deportista retirado que en su palmarés acredite logros a nivel nacional e internacional con una trayectoria deportiva mínima de 5 años y experiencia mínima de 3 años a nivel regional o nacional en el sector deporte como entrenador.$2.500.000
 2Entrenador con mínimo formación técnica acreditada y experiencia mínima de 3 años a nivel regional o nacional en el sector deporte. Que su liga se encuentre legalmente constituida y con reconocimientos vigentes, y que cumpla con dos de los siguientes requisitos:   Que en su palmarés haya clasificado como técnico o deportista a una de las dos últimas versiones de Juegos Deportivos Nacionales o Paranacionales.   Que uno de sus deportistas haya representado a selección Colombia en categoría juvenil, única o mayores en los últimos seis (6) años.   Tener licencia de su disciplina deportiva certificada por el ente competente.   Acreditar o certificar que actualmente cursa o tiene estudios profesionales en el sector deporte.   Participación en selección Colombia como deportista o técnico en categoría única o mayores con logros internacionales del ciclo olímpico en los últimos ocho años.$3.000.000
TÉCNICOS DE PROCESO1Entrenador con mínimo formación técnica, formación complementaria (diplomados) y experiencia de 5 años a nivel regional o nacional en el sector deporte. Que su liga se encuentre legalmente constituida y con reconocimientos vigentes, y que cumpla con cuatro de los siguientes requisitos:            $4.000.000
TÉCNICOS DE PROCESO2Entrenador con mínimo formación técnica, formación complementaria (diplomados) y experiencia de 8 años a nivel regional o nacional en el sector deporte. Que su liga se encuentre legalmente constituida y con reconocimientos vigentes, y que cumpla con cuatro de los siguientes requisitos:   Que en su palmarés como técnico haya conseguido una medalla de oro o plata en una de las dos últimas versiones de Juegos Deportivos Nacionales o Paranacionales.   Que uno de sus deportistas haya representado a selección Colombia en categoría única o mayores del ciclo olímpico en los últimos cuatro (4) años.   Tener licencia de su disciplina deportiva certificada por el ente competente.   Acreditar o certificar que actualmente cursa o tiene estudios profesionales en el sector deporte.   Haber conformado el cuerpo técnico de selección Colombia de su disciplina en participaciones internaciones del ciclo olímpico en los últimos ocho (8) años.   Que en su palmarés como entrenador haya dirigido a nivel profesional.$4.500.000

PARÁGRAFO PRIMERO: De acuerdo al artículo 229 del Decreto 019 de 2012, en el caso de las disciplinas académicas o profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud, la experiencia profesional se computará a partir de la inscripción o registro profesional.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Para adelantar la contratación de profesionales cuyo ejercicio se encuentre sujeto a la, expedición de tarjeta profesional o matricula profesional, de conformidad con la normatividad vigente, deberá adjuntarse dicho documento con copia legible junto con los demás soportes de contratación.

ARTICULO TERCERO. EQUIVALENCIAS: Para efectos de la verificación de los requisitos de estudios y/o experiencia, se aplicarán de acuerdo al capítulo 5 del Decreto 1083 de 2015.

PARÁGRAFO PRIMERO: Para el caso de los ciudadanos extranjeros que sean vinculados para prestar sus servicios como entrenadores, cuyo perfil no se ajuste a los niveles contenidos en la tabla que antecede, podrán estimarse sus honorarios, mediante la expedición de un concepto técnico de la subdirección técnica.

ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 004 de 2019 y Resoluciones 034 y 054 de 2020.

Lea aquí la resolución 150 de diciembre 28 de 2020

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